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Qué permiso de conducir necesitas para un quad: Guía completa según la DGT

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), los quads se clasifican en tres tipos principales en función de su peso, velocidad y potencia. Cada categoría requiere un permiso de conducir específico. A continuación, te explicamos detalladamente qué permiso se necesita para conducir un quad, basándonos en la normativa oficial para garantizar tu seguridad y cumplimiento legal.

Cuadriciclos ligeros

Se consideran cuadriciclos ligeros aquellos que pesan menos de 350 kg, no superan los 45 km/h y tienen una potencia de hasta 50 cc o 4 kW.

Los permisos válidos son:

  • AM
  • A1
  • A2
  • A
  • B

No pueden circular por autopistas ni autovías. En la tarjeta de la ITV, la clasificación aparece como 03.

Cuadriciclos no ligeros

Pesan entre 350 y 400 kg (hasta 500 kg si son para mercancías) y su potencia máxima es de 15 kW.

Requieren el permiso B.

Pueden circular por cualquier vía a un máximo de 70 km/h (63 km/h con remolque). Clasificación en ITV: 06.

Vehículos especiales

Los quads que superan las características anteriores se clasifican como vehículos especiales.

También necesitan el permiso B.

En la tarjeta ITV, aparecen como 64. La velocidad máxima está indicada en el documento; si no, límite de 70 km/h. Acceso a autopistas si superan 60 km/h.

Seguros y matriculación

Recuerda que todos los quads deben estar asegurados. Consulta también cómo matricular un quad correctamente.